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Registro Actividades Industriales

De acuerdo a la normativa vigente, los establecimientos inscriptos en el RAI de manera definitiva, deben actualizar sus datos anualmente. Si debe inscribir su establecimiento por primera vez o su inscripción está por vencer debe realizar el trámite vía TAD (Tramite a Distancia). En dicho sistema deberá adjuntar la documentación y completar el formulario de solicitud.

Qué es el Registro de Actividades Industriales
El Registro de Actividades Industriales de la Ciudad de Buenos Aires tiene como objetivo identificar todos los establecimientos industriales, habilitados o no, su número, localización, regularizar su funcionamiento y conocer la evolución de la actividad productiva de la Ciudad.

Qué industrias deben inscribirse
Las empresas con establecimientos que desarrollan actividades industriales o de reparación y mantenimiento.

¿Pueden inscribirse en el registro los establecimientos industriales sin habilitación?
En el Registro deben inscribirse todos los establecimientos industriales. Si el establecimiento no posee habilitación, desarrolla una actividad industrial o de reparación y mantenimiento que no está prohibida en la Ciudad y no tiene otro impedimento insalvable, se lo inscribe de forma provisoria para que pueda comenzar el proceso de obtención del Certificado de Aptitud Ambiental y de Habilitación.

Otorgamiento de Certificado de Inscripción
Una vez evaluada la documentación presentada y consignada la actividad de acuerdo a la normativa vigente se le enviará el certificado de inscripción en el Registro de Actividades Industriales. En el caso de desestimación por no encuadrar la actividad en el Registro se notificará de la misma manera.

Documentación Necesaria.

  • El instrumento que te otorgue el derecho a ocupar legítimamente el local: contrato de locación certificado por escribano o título de propiedad o contrato de comodato o cesión de uso o boleta de compraventa con posesión.
  • ​Plano de Obra O Mensura Registrado (en caso de no tenerlo no te preocupes).
  • Clave Ciudad nivel 2 o superior, con esta clave nos vas a autorizar a realizar el trámite a través de TAD (trámites a distancia del gobierno de la ciudad).
  • DNI del/los Titular/es de la habilitación o trámite que se vaya a realizar.
  • ​Constancia de inscripción en AFIP (monotributo, exento, inscripto).
  • ​Constancia de inscripción en IIBB (ingresos brutos) o la declaración de exención del impuesto, es importante que esté al día con los pagos.
  • ​Boleta de ABL del local: Ésta es muy importante. Recordá pedirla al propietario o a la inmobiliaria, también es importante que no tenga deuda.
  • Reglamento de copropiedad, si tu local pertenece a propiedad horizontal debes solicitar el reglamento a la administración del consorcio.
  • Habilitación municipal del establecimiento, no hace falta la habilitación definitiva, puede estar en trámite.
  • ​Sociedades de hecho: DNI de cada socio y su CUIT, además del CUIT de la Sociedad.
  • ​Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL): Contrato social inscripto en IGJ y CUIT de la Sociedad.
  • ​Sociedades Anónimas (S.A.): Contrato social y sus modificaciones, CUIT de la Sociedad y actas de Asamblea donde se designen autoridades.

La Dirección General de Empleo podrá solicitar documentación adicional que considere necesaria para consignar correctamente la actividad que desarrolla el establecimiento.

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