Te explicamos una habilitación en solo 6 pasos!
Los pasos para habilitar un comercio, oficina, deposito o industria son seis, ¡¡pero no desesperes!! Nosotros nos ocupamos de todo para facilitarte el trámite y que en pocos días puedas estar trabajando.
Tipos de Habilitación
El tipo de habilitación se determina según el rubro en que encuadra la actividad comercial o industrial que se pretende llevar a cabo y la cantidad de metros que posea el establecimiento a habilitar. A continuación, detallamos los cuatro tipos de habilitaciones posibles.
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Declaración Responsable Automática (DDRR-A)
Se presenta la Declaración y se autoriza automáticamente, se inspecciona con posterioridad a la autorización. Para superficies mayores a 500m2 el trámite será DDRR C/P.
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Declaración Responsable Con Plano (DDRR C/P)
Corresponde a una habilitación con confección de planos y se determina por la actividad a desarrollar y la cantidad de metros que posee el local. Puede funcionar con el inicio del trámite y se inspecciona con posterioridad, excepto los que tienen inspección previa por ley específica.
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Declaración Responsable Sin Planos (DDRR S/P)
Puede funcionar con el inicio de trámite y se inspecciona con posterioridad a la autorización. Para superficies mayores, el trámite será DDRR- C/P, determinado por la actividad a desarrollar y la cantidad de metros que posee el local. No requiere de la presentación de planos.
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Licencia
Este tipo de habilitación corresponde solo al 5% de todas las actividades económicas. Por la actividad a desarrollar y la cantidad de metros que posee el local, previo a otorgarse la habilitación, un Inspector de la Dirección General de Fiscalización y Control de la AGC, verificará en el local que lo declarado sea real. Estos rubros NO pueden iniciar su actividad hasta tanto no cuenten con la habilitación otorgada, a excepción de aquellos que cuenten con normativa específica como Teatros Independientes y Centros Culturales, los cuales pueden funcionar desde el inicio del trámite.
Impacto Ambiental – Ley N°123
Sin Relevante Efecto: Se realiza un certificado por profesional interviniente que la actividad es sin relevante efecto para el Régimen de Impacto Ambiental. Es automático.
Sin Relevante Efecto con Condiciones: Se realiza un certificado por profesional interviniente que la actividad es sin relevante efecto para el Régimen de Impacto Ambiental, pero deberá cumplir algunas condiciones que le serán impuestas. Es automático.
Sujeto a Categorización / Con relevante efecto: Se deberá solicitar a la Agencia de Protección Ambiental la categorización de la actividad para el Régimen de Impacto Ambiental.
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Requisitos generales para todos los comercios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
En todos los locales sujetos a habilitación que no cuentan con servicio de sanidad, deberá poseerse un botiquín de primeros auxilios, el que tendrá los siguientes elementos:
- 1 frasco conteniendo alcohol (500 cm3).
- 1 frasco conteniendo iodo débil FNA (iodo 2 % p/v en alcohol 50 %) 200 cm3.
- 1 frasco conteniendo agua oxigenada (200 cm3).
- Venda de 5 cm. de ancho (4 unidades).
- 1 envase N.º 2 conteniendo gasa hidrófila de 10 x10 (esterilizada).
- 1 envase conteniendo algodón hidrófilo (esterilizado).
- 2 rollos conteniendo tela adhesiva.
- Guantes de cirugía confeccionados con material descartable (látex, plástico o similar).
La Dirección podrá exigir mayores elementos en los casos en que la actividad genere riesgos específicos.
En los servicios de salubridad para el personal y público se mantendrá un equipo de higienización consistente en jabón, toalla de papel y papel higiénico y un cesto de material plástico o metal inoxidable para depósito de elementos inutilizados. Queda terminantemente prohibido el uso común de toallas de tela, pudiendo utilizarse equipos de secado aprobados o servilletas de papel desechable.
En los establecimientos en que se preste servicio de salubridad al público deberán extremarse las medidas necesarias para el mantenimiento de un perfecto estado de aseo de los locales destinados a estos servicios y deberán poseer en sus puertas de acceso una placa identificatoria en sistema Braille o silueta en relieve de fácil identificación, que determine el carácter del mismo.
Los establecimientos que conforme con las disposiciones del Código de la Edificación cuenten con más de cinco (5) retretes deberán destacar personal permanente para estos efectos.
Las cañerías, revestimientos, pisos, etc., deberán mantenerse en perfecto estado de conservación y funcionamiento.
Requisitos generales para todos
- Medios de salida sin obstrucciones ni reducciones.
- Señalización de medios de salida.
- Instalación eléctrica (220 V / 380 V) protegida con materiales aislantes y de cualquier contacto casual (es muy importante no tener cables eléctricos expuestos dentro del local).
- Instalación eléctrica con disyuntor diferencial.
- Tapa protectora en tablero eléctrico.
- Inexistencia de instalaciones en conductos de ventilación.
- Luces de emergencia.
- Matafuegos (Un matafuego ABC de 5Kg. por cada 200 m2 y/o uno por piso).
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Instalación eléctrica con disyuntor diferencial.
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Tapa protectora en tablero eléctrico.
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Inexistencia de instalaciones en conductos de ventilación.
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Luces de emergencia.
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Matafuegos (Un matafuego ABC de 5Kg. por cada 200 m2 y/o uno por piso).