
Publicidad: Carteles y Letreros
Es el trámite que debés realizar para solicitar un permiso para colocar carteles salientes, frontales o marquesinas con publicidad, que puedan ser percibidos en o desde el espacio público, y realizados o no con fines comerciales.
- Saliente: aquel que se encuentra perpendicular a la línea oficial o de retiro obligatorio.
- Frontal: aquel que se encuentra paralelo a la línea oficial, o de ochava, o de retiro obligatorio del frente del edificio.
- Marquesina: cubierta fija y no transitable, que puede conformar o no, un cajón de doble techo y que puede llevar anuncios en sus caras. No puede tener soportes de apoyo sobre la acera.
Documentación Necesaria.
- El instrumento que te otorgue el derecho a ocupar legítimamente el local: contrato de locación certificado por escribano o título de propiedad o contrato de comodato o cesión de uso o boleta de compraventa con posesión.
- Clave Ciudad nivel 2 o superior, con esta clave nos vas a autorizar a realizar el trámite a través de TAD (trámites a distancia del gobierno de la ciudad).
- DNI del/los Titular/es.
- Póliza de Segurode responsabilidad civil vigente, que contenga la siguiente información: nombre del asegurado, que incluya responsabilidad civil por carteles y/o letreros y/o marquesinas; Dirección / ubicación del riesgo; Vigencia del seguro: vigente en la fecha en que se presenta la solicitud para renovar la publicidad.
- Constancia de inscripción en AFIP (monotributo, exento, inscripto).
- Constancia de inscripción en IIBB (ingresos brutos) o la declaración de exención del impuesto, es importante que esté al día con los pagos.
- Boleta de ABL del local: Ésta es muy importante. Recordá pedirla al propietario o a la inmobiliaria, también es importante que no tenga deuda.
- Habilitación municipal del establecimiento, no hace falta la habilitación definitiva, puede estar en trámite.
- Sociedades de hecho: DNI de cada socio y su CUIT, además del CUIT de la Sociedad.
- Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL): Contrato social inscripto en IGJ y CUIT de la Sociedad.
- Sociedades Anónimas (S.A.): Contrato social y sus modificaciones, CUIT de la Sociedad y actas de Asamblea donde se designen autoridades.